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Nos reunimos hoy aquí en el Día del Aborto Seguro con la demanda: Decisión autodeterminada a favor y en contra del embarazo. En todas partes. Para todos. Tanto el derecho a la libertad de decisión contra el embarazo como el derecho a la libertad de decisión para el embarazo son exigencias centrales en el concepto de justicia reproductiva. El concepto fue desarrollado a principios de los años 90 por feministas negras estadounidenses.  Estas mujeres y sus experiencias no se reflejaban en los enfoques pro elección, es decir, el enfoque en la libertad de elección contra el embarazo o a favor del aborto. Criticaron que estos enfoques sólo tenían en cuenta posiciones de personas blancas, no discapacitadas y socialmente privilegiadas. Como mujeres negras y queers habían experimentado que ellas y sus comunidades tenían que luchar contra problemas más bien opuestos: entre otros la vinculación a programas de esterilización por parte de los servicios del estado de bienestar, con la exclusión capitalista y la violencia estructural y racista que hace difícil o imposible tener y criar hijes.

 

Por consiguiente, la justicia reproductiva incluye no sólo el derecho a prevenir o interrumpir el embarazo, sino también el derecho a quedar embarazade, a tomar decisiones sobre las opciones de parto y a tener hijes, así como el derecho a criar a les hijes sin violencia institucional e interpersonal. Tanto el derecho a interrumpir un embarazo como el derecho a quedar embarazade deben ser otorgados a todas las personas! La decisión a favor o en contra del embarazo, a favor o en contra de une niñe, debe considerarse en el contexto de las condiciones sociales, económicas y políticas. No es sólo una decisión individual, sino siempre una decisión política. En la sociedad patriarcal en la que vivimos, el acceso a los cuerpos con útero parece legítimo. ¡Las feministas siempre han luchado contra esto!

 

La reivindicación del derecho a decidir si tener o no hije, ya sea en general o en un momento específico, y a interrumpir los embarazos no deseados fue y es fundamental.

En nuestra investigación se encontró que este punto, en la mayoría de demandas de las últimas décadas o incluso siglos anteriores, sigue siendo de gran centralidad. En el archivo Belladonna hallamos las anotaciones del diario de una médica de los años 20, que describe su consternación por el hecho de que algo tan evidente como la libertad de elección sobre el propio cuerpo no se de. Hoy en día seguimos aturdides que 100 años después ¡poco ha cambiado! Así mismo, podríamos leer un texto de los años 80 y pocas diferencias encontraríamos. Desafortunadamente no se ha hecho nada fundamental en las últimas décadas: igual que antes es la prevención en Alemania precaria; igual que antes sigue existiendo el párrafo 218, que tipifica como delito el aborto, y el párrafo 219 a), que tipifica como delito el suministro de información sobre los mismos; igual que antes hay una enorme estigmatización social hacia las personas que quieren abortar o han abortado; igual que antes no parece haber un consenso social de que el propio cuerpo sólo debe estar sujeto a la propia ¡decisión!.

 

El aborto es un delito penal en virtud del artículo 218 del Código Penal, justo detrás del asesinato y el homicidio; por lo tanto, el aborto no es legal en Alemania, excepto cuando el embarazo amenaza la salud de la persona embarazada o es el resultado de una violación. De lo contrario, se consideran un acto criminal de la persona embarazada y de les médiques que

realizan el aborto. Sólo están exentos de castigo bajo ciertas condiciones.

Esto se relaciona con los debates sobre el comienzo de la vida humana, que supuestamente ya en un cúmulo de células se encuentra, y que lleva a que el aborto sea una tema enormemente cargado de moralidad y asociado con la estigmatización.

El embrión se escenifica como una entidad jurídica independiente que debe ser defendida contra los intereses egoístas de la persona embarazada que no cumple sus “deberes maternos”. Así pues, los textos jurídicos también construyen un supuesto “deber de cumplir”, cuya base es en última instancia extremadamente anticuada y los roles de género sexistas. Elemental para estos roles, a su vez, es la construcción del género como binario y determinado biológicamente, de lo que se deduce que todas las personas con útero son mujeres y encontrarían su cumplimiento en el rol de madre. La decisión de no tener hijos se presenta así como “antinatural” y necesariamente traumática.

¡Pero el derecho a decidir sobre el propio cuerpo es responsabilidad exclusiva de la persona embarazada! El embrión o feto es parte del cuerpo de la persona embarazada y no puede considerarse separado de ésta. Por lo tanto, este último no puede tener un “derecho a la vida” independiente.

 

Para garantizar el derecho de la persona embarazada a la autodeterminación, las reformas son, en última instancia, de poca ayuda. Lo que se necesita es la despenalización completa de los abortos y la provisión de información sobre ellos! Por lo tanto, exigimos la abolición de los párrafos 218 y 219a! ¡Deja de decir tonterías sexistas! ¡Un fin a la estigmatización! ¡Mi cuerpo, mi elección!

Es importante para nosotres enfatizar: No se trata sólo de mujeres, porque no todas las mujeres pueden quedar embarazadas y no sólo las mujeres se embarazan, sino también los hombres trans*, las personas inter* y no binarias. Exigimos: ¡Todas las mujeres embarazadas deben tener el derecho y el acceso al aborto seguro!; aparte de la identidad de género, la edad, el estatus social y económico, la discapacidad, la ideología, las adscripciones racistas, el estatus de residencia y la sexualidad no deben jugar un papel!

 

Actualmente muchas reglamentaciones restringen el derecho de las mujeres embarazadas a la autodeterminación. Sin una indicación médica o criminológica, un aborto sólo está exento de castigo hasta la 12ª semana de embarazo y existe la obligación de buscar asesoramiento. Estas consultas obligatorias, que según la ley “sirven para proteger la vida del no nacido” pero que al mismo tiempo se supone que son abiertas, significan que las mujeres embarazadas tienen que justificar su deseo de abortar y de hecho las incapacita. Por lo tanto, exigimos la abolición de la obligación de proporcionar asesoramiento y, en su lugar, ofertas de asesoramiento voluntario y realmente abierto!

 

En cuanto a los costos de un aborto después de un asesoramiento obligatorio, éstos no están cubiertos por el seguro de salud, con demasiada frecuencia tienen que ser asumidos por la persona embarazada. Con costos de hasta 600,- esto puede ser un enorme obstáculo para una decisión autodeterminada. Exigimos: El aborto debe ser una atención médica básica y debe ser accesible a las personas independientemente de su situación económica. Esto significa:

¡cobertura de seguro médico incondicional!

 

No sólo por la penalización del aborto y el estado de ánimo social es la situación de la atención médica también precaria. En otro nivel, esta situación restringe el derecho de las mujeres embarazadas a la autodeterminación, ya que el acceso al aborto difícilmente puede garantizarse para todos. Actualmente hay en Alemania una gran falta de médiques que estén dispuestes a realizar un aborto y que tengan la experiencia necesaria para hacerlo; esta situación se debe a  que en la educación médica los abortos no o casi nunca se discuten y enseñan, por ser delitos penales y por su valorización como “inmorales”. Una formación en relación al aborto debe por un lado ser pagada por los medicos, y por el otro integrada en el ya restringido horario de los mismos, lo cual es posible solo para unos pocos.

 

En Bremen y sus alrededores no hay para nada una situación de atención suficiente o satisfactoria. Las personas embarazadas de toda la costa del Mar del Norte, de Bremen, Bremerhaven y Baja Sajonia deben ser atendidas en un centro profamilia de manera “adecuada y directa” por ¡cinco ginecólogues residentes! ¡Eso no es suficiente! Exigimos: acceso seguro a los abortos en todas partes. ¡Para esto necesitamos mejor atención y cuidado!. Como servicio médico, el aborto debe integrarse en el plan de estudios de medicina y ser una parte de la formación de les ginecólogues.

 

Así como a algunas personas se les dificulta enormemente la interrupción del embarazo y se les obliga prácticamente a quedarse embarazadas y a tener hijes, a muchas personas se les impide estructuralmente tener y cuidar hijes. Esto es particularmente cierto para las personas que se ven afectadas por el “ableism” (es decir, la discriminación estructural y la discapacidad de las personas en términos de habilidades), la hostilidad queer o la hetero-/Cis-/Dya-normatividad (es decir, la idea de que todas las personas son heterosexuales, se identifican con el género asignado al nacer y sus cuerpos corresponden claramente a las normas de género de hombres y mujeres), el clasismo (es decir, la discriminación estructural y la marginación en términos de posición social y/o educativa) y el racismo.

 

A las personas discapacitadas se les niega su autodeterminación sexual y sus derechos reproductivos. Por ejemplo, se esterilizan con mucha más frecuencia que las personas no discapacitadas o reciben anticonceptivos casi obligatoriamente. Ambas cosas suelen ocurrir sin su consentimiento explícito, porque une tutore puede decidir por ellas o es difícil acceder al conocimiento sobre la autodeterminación sexual. Básicamente no se confía en estas personas para el cuidado de les niñes o se teme que les niñes puedan heredar la discapacidad, lo que debería evitarse. Esto revela las estructuras dispares de nuestra sociedad de una manera bastante cruda y brutal. De manera similar, estas pautas de pensamiento también son evidentes en los abortos después del diagnóstico prenatal, cuando se aconseja a les padres que aborten a une niñe discapacitade.

 

Las políticas familiares clásicas hacen más difícil que las personas económicamente desfavorecidas formen una familia. Por ejemplo, el subsidio parental no se paga de hecho cuando se reciben las prestaciones de Hartz IV. Y si estas personas (quieren) tener hijes, se enfrentan a narraciones clasicistas que les niegan el derecho a tomar esta decisión conscientemente o asumen que la decisión se toma por intereses financieros.

 

Al igual que los discursos racistas, que devalúan a las familias no blancas privilegiadas y su reproducción, encontramos discriminación contra las familias del BIPoC, la cual se basa en la suposición racista de que sólo les alemanes blanques son miembros valiosos y deseables de la sociedad. La segregación espacial, al prohibir la reunión familiar o la condición de residencia no asegurada, también dificulta la planificación del embarazo y el parto en condiciones de seguridad. Hoy, también mostramos especial solidaridad con todos les padres negres a los que la oficina de registro civil de aquí en Bremen les niega certificados de nacimiento para sus hijes.

 

Incluso a les queer les resulta difícil formar una familia debido a los obstáculos legales y financieros. En lugar de registrar inmediatamente al niñe como hije de les padres (sin pruebas), como es el caso de las parejas cis-hetero, la persona no embarazada que mantiene una relación queer debe pasar por el largo e invasivo procedimiento de la llamada “adopción de hijastres”. La maternidad subrogada, por ejemplo, ni siquiera es legal. Además, las familias homosexuales se encuentran constantemente con narraciones heterosexistas en su vida diaria, que dicen que los niños necesitan una madre y un padre para desarrollarse saludablemente. Los modelos familiares con más o menos de dos padres están socialmente desvalorizados, declarados impracticables o no reconocidos en absoluto.

 

Las personas trans* que están embarazadas o quieren quedar embarazadas a menudo experimentan la experiencia de no ser aceptadas en su identidad de género. El apoyo durante el embarazo y el parto es sólo para las mujeres que están embarazadas y dando a luz. Las ofertas para las personas embarazadas que no son mujeres son prácticamente inexistentes. En el certificado de nacimiento de su hije, les padres trans* son inscritos absurdamente con el antiguo nombre y estado civil, incluso después de un cambio de nombre y estado civil. Y si el estado civil es “diverso” y no encaja en este cuadro binario, la oficina de registro puede simplemente negarse a reconocer a la persona como padre o madre e inscribirle en el certificado de nacimiento.

 

Cuando hablamos de justicia reproductiva, también debemos hablar de esterilizaciones forzadas de personas trans* e inter*. Porque sí, las personas trans* en Alemania tuvieron que someterse a una esterilización forzosa hasta 2011 para que se les permitiera cambiar su estado civil. Y las personas inter* siguen sometiéndose hoy en día a operaciones de cambio de sexo -sin su consentimiento, a menudo poco después del nacimiento- con el fin de presionarlas a una norma biológica de dos géneros. En el curso de estas intervenciones violentas, las personas inter* se ven a menudo privadas de la posibilidad de tener hijes a través de esterilizaciones forzadas u otras operaciones!

 

Ser trans*, inter*, queer, con discapacidad, negro o de color se sigue presentando como una desviación patológica de la norma. Y quien esté enfermo, según esta narración, no debería dar a la luz, de lo contrario les niñes también serían enfermes. ¡Porque el estado quiere a la final que el cuerpo del pueblo sea sano! Hasta ahora, es asqueroso. En este tema se puede construir un puente directo a la política de población. Aquí queda muy claro quién debe reproducirse para el Estado alemán y quién no, quién se considera una vida deseable y quién no, quién debe ser fomentado en la producción de descendencia y quién no. Alemania quiere hijes de académiques blanques, del género dya-cis, heterosexuales, no discapacitades*. Sólo podemos vomitar. Nosotres, en cambio, exigimos una sociedad solidaria que acepte todas las formas de paternidad y que apoye a todes les padres: ¡sin importar su identidad!

 

Exigimos una sociedad en la que las decisiones autodeterminadas a favor y en contra del embarazo sean posibles, ¡en todas partes y para todos!

 

 

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